La Corte Suprema de Justicia revocó el fallo que había declarado inconstitucional el artículo 154 del DNU 70/2023, con el que Javier Milei derogó la Ley de Tierras Rurales. Así, volvieron a quedar sin efecto los límites a la compra de campos por parte de extranjeros.
La sentencia, firmada por Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz y Ricardo Lorenzetti, sostuvo que el Centro de Ex Combatientes Islas Malvinas La Plata (CECIM) no tenía legitimación para demandar, porque la soberanía territorial no sería un bien colectivo que una asociación pueda defender.
El tribunal aclaró que su decisión “no supone abrir juicio sobre la validez constitucional” del decreto. Pero en los hechos repuso la norma que la Cámara Federal de La Plata había frenado.
Según recordó el gobernador Axel Kicillof, que calificó la resolución como “el fallo de la infamia”, el oficialismo había retirado semanas atrás un proyecto similar por falta de votos en el Senado.


