El Juzgado Nacional de Primera Instancia del Trabajo N° 30, a cargo del juez Herman Mendel, suspendió este lunes los efectos del acuerdo que disponía la transferencia de la Justicia Laboral del ámbito nacional a la Ciudad de Buenos Aires, en el marco de una medida cautelar impulsada por la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación (UEJN), el sindicato judicial de la CGT que conduce Julio Piumato.
En su resolución, el magistrado consideró acreditados los requisitos de verosimilitud del derecho y peligro en la demora, necesarios para dictar la cautelar. Entre los fundamentos, señaló posibles irregularidades en el procedimiento de transferencia: según el fallo, no se habría cumplido con mecanismos previstos en la Ley 24.588, particularmente la intervención de la Comisión Bicameral.
La suspensión alcanza la totalidad de los efectos del acuerdo firmado entre el Estado Nacional y el Gobierno porteño, incorporado como Anexo I de la Ley 27.802 de Modernización Laboral, y tendrá vigencia hasta que se dicte sentencia definitiva. El juez ordenó además al Estado presentar un informe en el plazo de tres días.
La UEJN había solicitado la inconstitucionalidad de distintos artículos de la ley, el decreto reglamentario y el acuerdo de transferencia, argumentando que afectan la estabilidad de más de 1.500 agentes judiciales y sus condiciones laborales. El fallo también encontró respaldo en antecedentes recientes de la Cámara en lo Contencioso Administrativo Federal sobre planteos similares.


